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«El transfuguismo no es malo, el término tiene un estigma» Presentan amparo contra proyecto que prohíbe que ‘congresistas tránsfugas’ conformen Mesa Directiva

«El transfuguismo no es malo, el término tiene un estigma» Presentan amparo contra proyecto que prohíbe que ‘congresistas tránsfugas’ conformen Mesa Directiva

Presentaron demanda constitucional de amparo en contra del proyecto de ley que prohíbe el “transfuguismo” en la conformación de la Mesa Directiva. Entérate los detalles en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 6 de julio 2022

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Betssy Chavez, Nieves Limachi y otros congresistas interpusieron una demanda constitucional de amparo en contra de 22 congresistas y el propio Congreso de la República pidiendo el cese inmediato del trámite y los efectos del Proyecto de Resolución Legislativa Nº2476-2021-CR que propone modificar el artículo 12 del Reglamento del Congreso de la República y fortalece los partidos políticos como base del sistema democrático para un mejor servicio parlamentario, promovido por los demandados en su condición de Congresistas de la República, en el que se denota un serio ejercicio abusivo del Derecho de formular iniciativas legislativas.

¿Qué derechos constitucionales estarían en peligro?

 

Se habrían amenazado los derechos constitucionales a la participación política y función parlamentaria, derecho a la igualdad (no discriminación), derecho a elegir y ser elegido, derecho de libertad de conciencia y derecho de libre asociación

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¿Qué dice la jurisprudencia?

Todo intento por impedir renuncias y limitar los derechos constitucionales de los congresistas fueron declarados inconstitucionales. Según el Tribunal Constitucional peruano las renuncias por razones de conciencia son legítimas.

El TC señaló: “En efecto, la renuncia por razones de conciencia no es más que una manifestación de la libertad de conciencia del congresista, derecho que no ve alterado su contenido constitucional por el hecho de asumir un cargo público de elección popular, lo cual se presenta, con mucho mayor razón, cuando el viraje ideológico se realiza por la agrupación misma.” (Exp. Nº0001-2018-PI/TC F.J 51)

Incluso como forma de transfuguismo LEGÍTIMO (el transfuguismo no es malo, el termino tiene un estigma), el TC peruano señaló: “iv) Discrepancias con la dirección del partido o grupo parlamentario, que se origina a raíz de desencuentros entre el representante político y la dirección del partido, por diversas razones, ya sea de carácter organizacional (excesiva disciplina interna, deficiente democracia interna, etc.) como de carácter personal. (Exp. Nº0001-2018-PI/TC F.J. 43)

Es decir, el acto de renunciar a una banca y formar otra no limita ningún derecho constitucional.

Puede revisar la demanda AQUÍ.

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