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No procede divorcio por causal de separación de hecho si distanciamiento se produjo por motivos laborales

No procede divorcio por causal de separación de hecho si distanciamiento se produjo por motivos laborales

Por Gaceta Civil & Procesal Civil

miércoles 5 de abril 2023

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Según una reciente sentencia, recaída en la Casación 1889-2020, Lima Norte, la Corte Suprema ha precisado que en las demandas de divorcio por separación de hecho debe corroborarse el factor subjetivo o volitivo de los cónyuges de querer romper el vínculo conyugal.

Por lo tanto, no procederá divorcio cuando una persona ha salido del hogar por motivos laborales (para dar subsistencia a su familia) al extranjero y se encuentra separado por más de 10 años y no tiene motivación de continuar con su matrimonio.

Un hombre interpuso demanda de divorcio por separación de hecho contra su cónyuge y solicitó se disuelva el vinculo matrimonial.

Además, como pretensiones accesorias solicitó se ponga fin al régimen de sociedad de gananciales y liquidación de este, se fije tenencia de su menor hija y los alimentos que le corresponde pasarle. Sustentó su pretensión en que se encuentra radicando en EEUU y se encuentra separado de su pareja por más de diez años.

El juez de la causa declaró infundada la demanda. Sustentó su decisión en que el mismo demandante habría sustentado su pretensión en que habría salido del hogar por problemas económicos y que por tal motivo se encuentra laborando en EEUU. Incluso, el recurrente no presento prueba alguna respecto al resquebrajamiento de la relación matrimonial.

La sala revisora confirmó la decisión del ad quo. Argumentó que el propio demandante ha precisado que su viaje se debió a motivos laborales y para que diera una mejor calidad de vida a su familia, igualmente no existe pruba alguna que acredite que la separación se haya dado con la intención de poner fin a la relación conyugal (elemento subjetivo).

La Corte Suprema declaró infundado el recurso de casación debido a que en el caso concreto, las instancias de mérito han verificado que el distanciamiento (separación de hecho) fue por motivos laborales, razón por la cual no se cumple con el elemento subjetivo.

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