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La discriminación laboral más peligrosa que no regula la ley, por Jorge Toyama

La discriminación laboral más peligrosa que no regula la ley, por Jorge Toyama

La discriminación laboral más peligrosa que no regula la Ley 26772, Ley que prohíbe la discriminación de las ofertas de empleo, es la que se ejerce a través de medios digitales (discriminación digital). «Esta ley está pensada en la discriminación clásica: anuncios de periódicos», afirmó el profesor Jorge Toyama en una entrevista para Laley.pe, el medio […]

Por Redacción Laley.pe

martes 23 de enero 2024

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La discriminación laboral más peligrosa que no regula la Ley 26772, Ley que prohíbe la discriminación de las ofertas de empleo, es la que se ejerce a través de medios digitales (discriminación digital).

«Esta ley está pensada en la discriminación clásica: anuncios de periódicos», afirmó el profesor Jorge Toyama en una entrevista para Laley.pe, el medio de comunicación del Grupo Gaceta Jurídica.

Para el profesor Toyama, la discriminación laboral digital es la más peligrosa, pues impide que un currículum pueda ser enviado sin rellenar los apartados de foto a color y sin retoques, buena presencia, edad, domicilio, de qué colegio o universidad egresaste, entre otros.

Si una convocatoria digital exige rellenar esos bloques para postular a un trabajo, el postulante podría demandar daños y perjuicios por discriminación, además de solicitar una indemnización. El profesor Jorge Toyama también advirtió que los postulantes podrían convocar a la Sunafil para constatar los hechos desde sus computadoras y multar a la empresa.

La discriminación más peligrosa es la de los algoritmos, la digital, que no está regulada en la ley (…) la ley está pensada en la discriminación clásica que casi nadie usa: ‘oferta en el diario (periódico), son pocas las ofertas de empleo en un diario’. Ahora tú normalmente llenas una plataforma, te piden foto a colores sin retoques, domicilio, fecha de nacimiento, universidad, ¿importa el domicilio o la universidad?. Los algoritmos discriminan. Tú llenas el formulario, presionas send (enviar), rezas, pero ya te discriminaron (…). Un postulante tendría que dejar constancia de esa discriminación de que no puede enviar su currículum. Primero, debería llamar a Sunafil para que constate y multe, con eso, la entidad debería multar a la empresa, y luego, el postulante podría demandar daños y perjuicios.

Entrevista al profesor Jorge Toyama en Laley.pe
@laley.pe 🎯⚖️La #discriminación #laboral más peligrosa que no regula la #ley . Entrevista al profesor Jorge Toyama, reconocido abogado laboralista, a propósito de su obra publicada en #GacetaJurídica 👨‍⚖️👉Para el profesor Toyama, la #discriminación online es la más peligrosa al impedir que un #currículum o #cv pueda ser enviado sin tener foto a color y sin retoques, #buenapresencia , #edad , #domicilio , de qué #colegio o #universidad egresas, entre otros. 🚀Adquiere la obra en nuestra tienda virtual: www.gacetastore.com #abogados #jorgetoyamamiyagusuku #laborista ♬ sonido original La Ley

El profesor Jorge Toyama Miyagusuku ha publicado la obra más actualizada en derecho laboral en Gaceta Jurídica. Durante la entrevista desarrollo numerosos temas asociados al derecho laboral contemporáneo: teletrabajo, tercerización laboral, entre otros.

El derecho individual del trabajo un enfoque teorico practico por Jorge Toyama Miyagusuku laley.pe 1

La obra que analiza los tópicos más relevantes de las relaciones individuales laborales tomando como eje central el contrato de trabajo.

Explica de forma profunda y desde un enfoque teórico-práctico los aspectos más relevantes de las relaciones individuales laborales en el Perú; abordando los aspectos que más se aprecian en la práctica, en las inspecciones laborales de la SUNAFIL, en los juicios orales, así como en las relaciones colectivas de trabajo.

ESTRUCTURA DE LA OBRA

  • CAPÍTULO I: LA CONSTITUCIÓN LABORAL
  • CAPÍTULO II: LOS SUJETOS DE LA RELACIÓN LABORAL
  • CAPÍTULO III: LA RELACIÓN LABORAL: CONSTITUCIÓN Y DESARROLLO
  • CAPÍTULO IV: VALIDEZ DEL CONTRATO DE TRABAJO
  • CAPÍTULO V: EL TELETRABAJO EN EL PERÚ
  • CAPÍTULO VI: LA TERCERIZACIÓN E INTERMEDIACIÓN LABORAL
  • CAPÍTULO VII: FACULTADES DEL EMPLEADOR Y MODIFICACIÓN DE CONDICIONES DE TRABAJO
  • CAPÍTULO VIII: REMUNERACIONES Y BENEFICIOS SOCIALES
  • CAPÍTULO IX: TIEMPO DE TRABAJO
  • CAPÍTULO X: LOS SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN LABORAL
  • CAPÍTULO XI: EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
  • CAPÍTULO XII: LIQUIDACIÓN DE BENEFICIOS SOCIALES
  • CAPÍTULO XIII: TRIBUTACIÓN LABORAL

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