La actual fiscal de la Nación acaba de presentar una denuncia constitucional contra la presidenta de la República, Dina Boluarte, tras muertes en protestas sociales de diciembre del 2022 y enero del 2023 (homicidio calificado y lesiones graves).
La denuncia constitucional incluye a los exministros César Cervantes, Víctor Rojas Herrera y Vicente Romero por los presuntos delitos de homicidio calificado y lesiones graves.
Hace apenas unos minutos, la presidenta de la República, Dina Boluarte evidenció que los actos de Patricia Benavides causan extrañeza, pues su denuncia constitucional fue presentada luego de los allanamientos en su contra por presuntamente liderar una organización criminal en el Ministerio Público.
En su mensaje a la Nación, también indicaron que las imputaciones contra Patricia Benavides deben realizarse con celeridad y condenó el proceder de Benavides, pues estaría intentando distraer la atención de una denuncia gravísima. Estos son los argumentos de la denuncia constitucional que interpuso la fiscal de la Nación, Patricia Benavides:
Patricia Benavides vs. Dina Boluarte: homicidio calificado y lesiones graves
Artículo 108.- Homicidio calificado Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años el que mate a otro concurriendo cualquiera de las circunstancias siguientes:
Por ferocidad, codicia, lucro o por placer.
Para facilitar u ocultar otro delito.
Con gran crueldad o alevosía.
Por fuego, explosión o cualquier otro medio capaz de poner en peligro la vida o salud de otras personas (…)
1. Imputación por homicidio calificado a título de dolo eventual
La denuncia constitucional a la que tuvo acceso Laley.pe indica que la presidenta de la República, Dina Boluarte, habría recibido información oficial sobre las muertes en las protestas de diciembre de 2022 y que la policía estaba usando armas de fuego contra la población de manera desproporcionada. Sin embargo, la presidenta del Perú no permitió que los peruanos murieran.
2. El deber de garante de Dina Boluarte
En el documento se lee que Dina Boluarte incumplió su deber de garante ante los peruanos y abusó de su posición de dominio sobre las fuerzas del orden. Es importante recordar que el deber de garante está asociado a la posibilidad de evitar el resultado lesivo.
En la denuncia se lee que Dina Boluarte pudo evitar que continúen produciéndose las muertes de ciudadanos, pero muy por el contrario, habría permitido que las fuerzas del orden prosigan con dichos ataques a la población, quienes precisamente protestaban contra su régimen presidencial.
Autora de la comisión por omisión de lesiones graves (dolo eventual)
Artículo 121.- Lesiones graves El que causa a otro daño grave en el cuerpo o en la salud física o mental, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años.
Lo mismo. De acuerdo con la denuncia constitucional, Dina Boluarte tenía conocimiento del uso desproporcionado de la fuerza policial. Es decir, habría omitido voluntariamente su deber de actuar en salvaguarda de los derechos humanos de los ciudadanos.
Para acreditar la configuración del delito se presentaron informes médicos. Dina Boluarte tenía el deber de garante frente a la integridad física de la población, se lee en la denuncia.
DOLO EVENTUAL: DELITOS CONTRA DINA BOLUARTE
La denuncia constitucional justifica el dolo eventual de la siguiente manera: el dolo eventual requiere el conocimiento del riesgo jurídicamente desaprobado y de la alta probabilidad del resultado.
La omitente (Dina Boluarte), que es consciente de su obligación y sabe que puede actuar eficazmente, decide no hacerlo, permanece inactivo y da lugar al hecho criminal.