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Yván Montoya: ‘’El Presidente puede ser responsable por comisión por omisión si existió una delegación impropia y llena de vicios’’

Yván Montoya: ‘’El Presidente puede ser responsable por comisión por omisión si existió una delegación impropia y llena de vicios’’

En esta edición de “En Coyuntura”, César Azabache entrevistó a Yván Montoya, Omar Cairo, Luciano López y Fernando Tuesta sobre la crisis política desatada por los casos vinculados al presidente Pedro Castillo. Vea la entrevista completa aquí.

Por Redacción Laley.pe

martes 28 de diciembre 2021

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A propósito de las investigaciones penales que rodean a miembros del Poder Ejecutivo, incluyendo al Presidente Castillo, los expertos invitados comentan sus apreciaciones en el área penal, constitucional y electoral.

¿Cuáles son las líneas de investigación penal que involucran el Presidente?

El penalista Iván Montoya comenta que se están definiendo una serie de líneas de investigación relacionadas, por ejemplo, con el caso de los ascensos irregulares bajo presiones a oficiales de las fuerzas armadas, en el que también está involucrado el ex Secretario General, Bruno Pacheco.

Asimismo, están en investigación los episodios de reuniones clandestinas en la casa de Breña y en el propio Palacio de Gobierno. En esa misma línea, el caso de la empresa que logra obtener una licitación aparentemente producto de las referidas reuniones.

Por otro lado, el caso de los 20 mil soles que fueron hallados en las oficinas del entonces Secretario General del Presidente.

Frente a dichos hechos, las investigaciones apuntarían a la imputación de los delitos de tráfico de influencias, patrocinio ilegal, cohecho, negociación incompatible y colusión.

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¿Cómo funcionarían las reglas penales de subordinación en relación con el Presidente?

Montoya señala que, de primera mano, es reprobable que un funcionario de alto nivel, como el Presidente de la República, designe para cargos políticos a personajes que no cumplen un perfil idóneo ni probidad política.   

Así, señala que todos los actos que realice la persona designada son susceptibles de ser investigados, y que esta investigación también involucra a su superior.

En esa línea, una condición que configuraría la responsabilidad penal del superior, por omisión, es que este no haya evitado la comisión de actos delictivos, ilícitos o irregulares. Debe existir fiscalización y rendición de cuentas, y ante la ausencia de ello es posible incluso imputar responsabilidad penal por comisión por omisión.

A propósito de los intentos de vacancia presidencial: ¿Incapacidad moral es incapacidad mental?

El constitucionalista Omar Cairo señala que la incapacidad moral significa incapacidad mental, no pudiendo ser de otra manera porque el diseño constitucional actual no prevé situaciones que sean imputables al Presidente en el sentido de una ‘’vacancia por incapacidad moral’’.

Si bien sí hay formas de destituirlo, estas se detallan en los artículos 99 y 100 de la Constitución del 93, los cuales solo prevén el juicio y el antejuicio político, en sus propias naturalezas.

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Anticipo de elecciones: ¿una alternativa?

López señala que ello implica una situación muy límite que necesitaría de un amplio consenso, incluso con observadores internacionales. Actualmente, el escenario político nos muestra que dicho consenso no existe, por la falta de representación política y acuerdos.

El sociólogo Fernando Tuesta comenta que el anticipo de elecciones es una posibilidad que no existe, actualmente, en nuestro ordenamiento jurídico. No obstante, una crisis política de gran envergadura podría justificar, a través de un acuerdo, dicho adelanto. Sin embargo, ello implicaría también una salida del poder de los parlamentarios y el corte de su mandato, lo que lleva a concluir que no sería una salida viable debido a la oposición que se presentaría.

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