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Corte Suprema solicita a la JNJ suspender los procesos de ratificación de jueces

Corte Suprema solicita a la JNJ suspender los procesos de ratificación de jueces

Corte Suprema de Justicia pide a la JNJ la suspensión de los procesos de ratificación de jueces. Señala que, acorde a lo determinado por la Corte IDH, el procedimiento de ratificación nacional es violatorio de la protección judicial y de los derechos políticos de los magistrados.

Por Redacción Laley.pe

lunes 10 de enero 2022

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La Sala Plena de la Corte Suprema, con ocasión de la Convocatoria N.° 001-2021-ratificación/JNJ, y con base en el caso Cuya Lavy y otros vs. Perú de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), solicitó, mediante un comunicado, la suspensión de los procesos de ratificación de jueces.

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¿Qué determinó la Corte IDH?

En la sentencia del caso Cuya Lavy y otros vs. Perú, del 28 de setiembre de 2021, la Corte IDH determina que el proceso de ratificación nacional es violatorio de la protección judicial, del derecho a la honra y a la dignidad, y de los derechos políticos de los magistrados. Asimismo, estableció que el Estado peruano debe adecuar, en un plazo razonable, su ordenamiento jurídico interno a los parámetros fijados en el fallo.

Con esta sentencia, la Corte IDH mantiene su línea jurisprudencial en la materia, también sostenida en el caso Moya Solís vs. Perú, del 3 de junio de 2021.

Así también, cabe recordar que el fallo del caso Cuya Lavy y otros vs. Perú es de cumplimiento obligatorio para el Estado peruano. Las disposiciones normativas correspondientes deben ser adaptadas y respetar la totalidad de la referida sentencia, efectuándose un control de convencionalidad.

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Proceso de ratificación es sancionatorio

La Corte Suprema sostiene en su comunicado que el procedimiento de ratificación es materialmente sancionatorio, y le son aplicables las garantías del debido proceso, propias del procedimiento disciplinario.

En esa línea, está implícito el respeto del derecho a la presunción de inocencia y de la motivación; al igual que, para acordar la decisión, se ha de respetar el principio de mayoría.

Asimismo, se debe conceder a los magistrados el derecho de conocimiento de los cargos, y el tiempo y medios adecuados para su defensa.

De otro lado, las regulaciones sobre la ratificación deben respetar el derecho a la privacidad de los magistrados, evitando que se pida información sensible sobre gastos internos de la familia del magistrado.

¿Cuál sería el rol del Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia?

La Corte Suprema señala la indispensabilidad de que el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia asuma la responsabilidad de brindar lineamientos y pautas de reforma para garantizar la independencia judicial y el principio de inamovilidad judicial.

Lea y/o descargue el comunicado completo AQUÍ.

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