
La acción de amparo presentada por el Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS) contra la ley que prohíbe la publicidad estatal en los medios de comunicación privados fue admitida por el Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima.
Como parte de la decisión, se le dio cinco días hábiles de plazo al Congreso para responder a esta demanda, que fue recibida el pasado 27 de agosto.
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La medida solicitada por IPYS, busca que se declare inaplicable la referida ley que prohíbe la publicidad estatal en medios privados, excepto en caso de emergencia nacional o desastres y la publicidad educativa electoral.
En el demanda se remarca que la norma es incompatible con el derecho de acceso a la información pública y que afecta el “libre desarrollo de la personalidad, la salud, la integridad y la educación”.
Vale precisar que, según lo señaló el presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume, a mediados de octubre esta institución emitirá su decisión respecto a las demandas de inconstitucionalidad presentadas por el Ejecutivo y la bancada de Peruanos por el Kambio contra dicha ley.