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Abogado dijo que «patrocinó de forma deficiente» a cliente porque fue notificado a pocos días de Navidad

Abogado dijo que «patrocinó de forma deficiente» a cliente porque fue notificado a pocos días de Navidad

Por Redacción Laley.pe

miércoles 21 de diciembre 2022

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A pocos días de Navidad esta resolución nos recuerda que los deberes del abogado defensor no se flexibilizan ni por fiestas navideñas. El abogado no tuvo mejor idea que justificar su deficiente desempeño abogadil al excusarse de no contestar a tiempo una notificación porque llegó a cuatro días de Navidad. Esta fue su justificación: lamentablemente la casación llegó en los días previos a las fiestas navideñas.

La resolución emitida por el Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima (CAL) a la que tuvo acceso Laley.pe indica que el propio abogado reconoció su falta ante sus clientes, optó por devolverles el dinero y calificó su desempeño como deficiente. Exactamente, el abogado dijo que: la casación llegó en los días previos a las fiestas navideñas, por lo que convino con la empresa denunciante en la devolución del dinero cobrado por un patrocinio deficiente.

¿Cómo procedieron los clientes del abogado?

Los representantes de la empresa a la que patrocinó de forma deficiente no quedaron satisfechos con la devolución y lo denunciaron administrativamente ante el CAL, que en primera instancia lo multó con una Unidad de Referencia Procesal (URP), es decir: 460 soles, pues vulneró el Código de Ética del Abogado.

Además de excursarse de esa manera, el abogado también dijo que había pactado sus honorarios en 700 dólares para presentar el recurso de casación, sin embargo, le pidió a su colega que le prestara su casilla electrónica para que la notificación se la enviaran ahí. Luego de algunos meses el escrito de casación fue declarado inadmisible por la Corte Suprema. Es importante recordar que la casilla electrónica es una espacio virtual de carácter personal e intransferible.

Esta versión coincide con los hechos descritos en la denuncia contra el abogado, en cuyo contenido se detalla cuando el cliente tuvo que asistir a las instalaciones de la Corte Suprema para preguntar sobre su recurso de casación interpuesto hacia meses. Al pedir información le indicaron que el documento había sido rechazado, al averiguar más sobre su caso descubrió que esa decisión había sido notificada a su abogado el 21 de diciembre, es decir, en la víspera de Navidad y a la casilla electrónica de otro abogado, es decir, una casilla ajena a la de su abogado.

¿Cómo se defendió el abogado?

No fue una feliz Navidad. Al notar su preocupación, quienes lo atendieron en mesa de partes de la Corte Suprema le sugirieron conversar con el abogado. Estos fueron los descargos del letrado durante el procedimiento disciplinario ante el CAL:

Descargos efectuados por el abogado denunciado. Sexto.- (…) Que efectivamente fue contratado por la empresa denunciante para presentar un recurso de casación, habiéndo pactado como honorarios la suma de 700 dólares americanos. Dado que él se dedica a la consultoría y asesoría de temas aduaneros es que solicitó a un estudio de abogados a cargo de un colega que le preste su casilla electrónica para ponerlo en el escrito de casación. Lamentablemente, el escrito fue declarado inadmisible y la casación llegó en los días previos a las fiestas navideñas, por lo que convino con la empresa denunciante en la devolución del dinero cobrado por un patrocinio deficiente, tal como lo acredita con los bauchers de devolución que adjunta al presente.

Esta resolución que lo multó fue declarada consentida, pues el abogado no la impugnó: Resolución del Consejo de Ética 0438-2022/DEP/CAL. Esto quiere decir que finalmente el abogado fue multado con 460 soles por vulnerar los artículos 5, 6, 8, 11, 12, 27 y 29 del Código de Ética del Abogado, entre las cuales se destacan los dos últimos artículos. 

Artículo 27.- Competencia
Es deber del abogado defender el interés del cliente de manera diligente y con un elevado estándar de competencia profesional.

Artículo 29.- Obligación de informar al cliente
El abogado tiene la obligación de mantener informado al cliente de todo asunto importante que surja en el desarrollo del patrocinio. Incurre en responsabilidad el abogado que oculta o retrasa indebidamente información al cliente o le hace falsas o incompletas representaciones del estado de las gestiones encomendadas. En particular, el abogado debe informar ampliamente sobre los riesgos y alternativas de acción a evaluar para la defensa del interés del cliente.  

El abogado debe actuar atendiendo estrictamente a las instrucciones recibidas por el cliente y debe responder prontamente a las solicitudes razonables de información del cliente. Antes de aceptar un encargo, el abogado debe informar al cliente todas las circunstancias de sus relaciones con terceros que puedan estar inmersas en el asunto encomendado, así como sus intereses personales respecto de la controversia.

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