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PJ: JNJ debe suspender proceso de ratificación de jueces y fiscales

PJ: JNJ debe suspender proceso de ratificación de jueces y fiscales

El Poder Judicial, mediante un informe sobre el alcance del fallo Cuya Lavy y otros vs. Perú de la Corte IDH, indicó que la JNJ debe suspender el proceso de ratificación de magistrados por no cumplir con los estándares internacionales en la materia. En ese sentido, conformó una comisión encargada de modificar el ordenamiento jurídico interno. Entérese los detalles en la presente nota.

Por Redacción Laley.pe

martes 1 de marzo 2022

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En el fallo Cuya Lavy y otros vs. Perú, del 28 de setiembre del 2021, la Corte IDH resolvió declarar al Estado peruano responsable internacionalmente por la destitución de magistrados; y, señaló que el proceso de ratificación nacional es violatorio de la protección judicial, del derecho a la honra y a la dignidad, y de los derechos políticos de las víctimas.

Con base en lo dispuesto por la sentencia, diversos sectores del Estado, así como organizaciones de la sociedad civil, solicitaron a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) suspender el actual proceso de ratificación de jueces y fiscales. En respuesta, la JNJ mostró disposición para atender las opiniones sobre el sentido y alcance del fallo de la Corte IDH.

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Proceso de ratificación debe suspenderse

A través de un oficio cursado al presidente de la JNJ, el Poder Judicial expresó la posición institucional de solicitar la suspensión del actual proceso de ratificación de magistrados (Convocatoria N.º 001-2021-RATIFICACIÓN/JNJ), debido a que no cumple con los estándares internacionales en la materia, ni recoge los mandatos de la sentencia Cuya Lavy y otros vs. Perú.

Once estándares en materia de ratificación de jueces y fiscales

En el informe sobre el sentido y alcance del referido fallo, el Poder Judicial indica la identificación de 11 estándares en la materia relativa a la ratificación de jueces y fiscales:

  • Naturaleza sancionatoria de la ratificación
  • Garantía de independencia judicial
  • Garantías de estabilidad e inamovilidad judicial
  • Autonomía institucional
  • Obligatoriedad de las garantías del debido proceso
  • Deber de motivación
  • Derecho a recurrir el fallo, a conocer previa y detalladamente el resultado de la evaluación y a contar con el tiempo y los medios adecuados para preparar la defensa
  • Principio de legalidad y tipicidad
  • Respeto por la dignidad y la honra individual de los magistrados y magistradas objeto de evaluación
  • Prohibición de arbitrariedad, derecho a acceder a funciones públicas, y a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad
  • Adecuación obligatoria en lo relativo a la reincorporación de los magistrados no ratificados al Poder Judicial o al Ministerio Público

Asimismo, el referido informe presenta una propuesta de modificación al Reglamento de Procedimiento de Evaluación Integral y Ratificación de Jueces y Juezas del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, de manera que se adecúe a los estándares previamente mencionados.

Reforma del ordenamiento jurídico interno

El Poder Judicial señala que el referido fallo tiene un impacto estructural en el actual diseño normativo del proceso de ratificaciones en el Perú, ‘’en la medida que cuestiona el diseño orgánico e incluso la propia definición de la ratificación que sigue apareciendo como proceso diferenciado respecto de los procesos disciplinarios en el ordenamiento interno’’.

Así, el Estado peruano se encuentra obligado por compromisos jurídicos internacionales que vinculan reformas legislativas e incluso una reforma de la Constitución; sin embargo, mientras éstas se produzcan, la JNJ como organismo constitucional autónomo y parte del Estado peruano, está en la obligación de adecuar la normatividad interna que rige el proceso de ratificación y suspender la Convocatoria Nº 001-2021- RATIFICACIÓN/JNJ.

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Comisión de modificación

En atención a los argumentos expuestos, el Poder Judicial, mediante la Resolución Administrativa N° 000087-2022-P-PJ, resuelve conformar una comisión de trabajo, por un período de 45 días, que elabore una propuesta de modificación normativa integral que abarque todo el ordenamiento jurídico interno:

  • Constitución Política del Estado
  • Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia
  • Reglamento de Procedimiento de Evaluación Integral y Ratificación de Jueces y Juezas del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público

Ello, con el objeto de lograr que la legislación nacional ordinaria y la constitucional sean compatibles a la Convención Americana de los Derechos Humanos y a los estándares señalados por la Corte IDH en la sentencia Cuya Lavy y otros vs. Perú.

Jusdem se pronuncia

La Asociación de Jueces para la Justicia y la Democracia (Jusdem) se pronunció en una línea similar presentando un informe en el que solicita a la JNJ la suspensión del proceso de ratificación de funcionarios, debido a que afecta el principio a la independencia judicial y merma el desarrollo profesional de los magistrados.

Descargue el Oficio N° 000136-2022-P-PJ

Descargue el Informe del PJ sobre el sentido y alcance del fallo Cuya Lavy y otros vs. Perú

Descargue la Resolución Administrativa N° 000087-2022-P-PJ

 

 

 

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